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  1. #1
    Habitual Avatar de Rugged
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    Consulta legal-laboral

    Hola,

    He decidido cambiar de trabajo y el origen de mi consulta es uno de los flecos de mi "salida" de la empresa. A principios de año la empresa que abandono me ofreció llevar a cabo una formación externa durante 2018. Previo inicio nos obligaron a firmar un documento según el cual nos comprometíamos a pagar X €/mes desde el inicio del curso hasta Enero de 2020. El caso es que dicho documento tiene 5 puntos, y en el último hay una errata en la que cambian 2019 por 2020 por lo que me vería "obligado" a pagar 4 mensualidades únicamente.

    Hablando con uno de mis compañeros, cual cuñado en la sobremesa, duda de la legalidad del documento.

    1. ¿Tienen validez legal este tipo de documentos? En dicho caso, ¿como me recomendáis proceder?
    2. En caso de tenerla, ¿debería abonar sólo hasta 2019?


    Gracias!

  2. #2
    Habitual Avatar de Rugged
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  3. #3
    Agente provocador Avatar de Kurtz
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    Hombre. Yo creo que la cuestión no es tanto la validez del documento en sí (que si no la tuviera no tendrías que pagar nada) como que es contradictorio en sus términos y se nota mucho (ya que hay demasiadas alusiones al "espíritu" del cálculo y se ve claramente que la fecha del final es una errata aislada).

    Ya contarás...
    Los necios siguen la moda. Los pretenciosos la exageran. Quienes tienen buen gusto pactan con ella.

  4. #4
    Habitual Avatar de soutebare
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    Más que una duda laboral es una duda sobre la interpretación de un acuerdo o contrato. En este caso, para mi, estarían en juego varios criterios de los recogidos en el código civil (literal, teleologico y sistemático).

    En resumen, aunque literalmente en un punto diga 2019, de otras partes del mismo documento y de la intención de los sujetos intervinientes en el mismo, se infiere que se trata de un error.

    no hay nada que hacer.

  5. #5
    Habitual Avatar de Mandrake
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    Cita Iniciado por soutebare Ver mensaje
    Más que una duda laboral es una duda sobre la interpretación de un acuerdo o contrato. En este caso, para mi, estarían en juego varios criterios de los recogidos en el código civil (literal, teleologico y sistemático).

    En resumen, aunque literalmente en un punto diga 2019, de otras partes del mismo documento y de la intención de los sujetos intervinientes en el mismo, se infiere que se trata de un error.

    no hay nada que hacer.
    Estoy de acuerdo con el compañero (aunque la redacción del contrato no me parece la mejor, complicando lo fácil que es decir que si te vas antes de haber pagado el total del curso deberas pagar lo pendiente de pago hasta ese momento...)
    Vivo de resolver los problemas de los demás, así que no voy a discutir en mi tiempo libre

  6. #6
    Habitual Avatar de neekrivers
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    Creo que a cualquier servilleta firmada por ambas partes se le otorga legalidad. Para mí es así pero no sé si hay que excavar más.
    Lo de la fecha se podría pelear pero coincido en que se interpreta que el último punto es el que está equivocado.
    Entiendo que quieres seguir con el curso, no? Porque lo lógico, si no lo sigues, es que fuese al revés: abones a tu empresa el importe que ha abonado hasta la fecha, compensando el gasto. No sería así en el supuesto de que la empresa hubiese liquidado el curso completo con anticipación.
    Creo que NUNCA he comprado nada a precio de temporada.

  7. #7
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    Gracias por vuestros comentarios.

    Cita Iniciado por neekrivers Ver mensaje
    Entiendo que quieres seguir con el curso, no? Porque lo lógico, si no lo sigues, es que fuese al revés: abones a tu empresa el importe que ha abonado hasta la fecha, compensando el gasto. No sería así en el supuesto de que la empresa hubiese liquidado el curso completo con anticipación.
    Yo quiero acabarla, por lo que no me importaría pagar, pero al ser una formación in-company quedaría fuera. Por lo que pagaría por nada. Tampoco sé si han abonado íntegramente o no. La universidad empresa que lo lleva aún no ha contestado a mis preguntas.

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  8. #8
    Guest
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    Consulta legal-laboral

    Esto no era aquí sorry

  9. #9
    Habitual Avatar de El Burlador
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    Yo no soy abogado, hay varios compañeros que lo son, considera sus opiniones de mayor rigor que la mía.

    De mi experiencia, este tipo de acuerdos son perfectamente legales. Cómo en todo, siempre se puede llevar ante un juez y ver que pasa, de manera general, si la empresa puede demostrar el pago del curso y tú te vas de manera voluntaria antes que haya podido haber retorno de la inversión para la empresa, probablemente tendrás que pagar. Si la empresa no puede justificar la inversión (porque no es tal cuantía, por qué se la deduce de las cuotas de la SS, etc), o tú pudieras justificar retorno de inversión (imagina que el curso te cualifica para una actividad que ha generado mayor beneficio a la sociedad que el coste antes de tu marcha), en tales casos no deberías pagar.

    Lo de la errata, no es más que eso, en el punto quinto está bien explicado y es la cantidad que se debería pagar.

    Lo dicho, solo mi opinión.

  10. #10
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    El documento a colación es lo que se viene a llamar (o intenta ser) un pacto de permanencia laboral, que se rige por lo establecido en el art. 21.4 del Estatuto de los Trabajadores (que te transcribo):

    "4. Cuando el trabajador haya recibido una especialización profesional con cargo al empresario para poner en marcha proyectos determinados o realizar un trabajo específico, podrá pactarse entre ambos la permanencia en dicha empresa durante cierto tiempo. El acuerdo no será de duración superior a dos años y se formalizará siempre por escrito. Si el trabajador abandona el trabajo antes del plazo, el empresario tendrá derecho a una indemnización de daños y perjuicios"

    Por lo general, la validez de estos pactos viene condicionada por una formación de un determinado nivel (que puede o no ser el caso) y con una finalidad concreta: poner en marcha proyectos determinados... Este pacto no es válido si la formación es (por ejemplo) la de un departamento entero para adaptarse a un producto, el curso obligatorio de PRL... en fin, que el pacto se debe suscribir en un cierto contexto de excepcionalidad...

    Sea como sea, es jurisdicción social, no tienes costas... yo no pagaría y esperaría a tener la demanda encima de la mesa hasta tomar una decisión.

    Así, a ojo de buen cubero (y faltándome muchos datos para pronunciarme) y sin que constituya consejo profesional, ese documento no tiene pinta de ser defendible en juicio para obligar a pagar al trabajador... pero debes consultar a un abogado, que te preguntará y analizará todos los pormenores necesarios, para tener una respuesta mas precisa... si fuera yo, por esa cantidad, y si el nuevo curro lo merece, pasaba de todo, cambiaba y ya veríamos que pasa...

    Suerte!
    Señora: Estos son mis principios, si no le gustan... tengo otros... (Groucho Marx).
    Estoy asustachondo. (Fry a una amazona sideral).
    Dos no discuten si uno desaparece en extrañas circunstancias ("Lucky" Luciano)

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