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businessclass
08/11/2016, 19:28
Hola caballeros,

Me veo un poco fastidiado. Sobre la compra de un inmueble que es oficina, el ayuntamiento me ha dicho que no puedo cambiar el uso porque en su día (años 60) se edificó más de lo permitido, por tanto, aunque ya ha prescrito, no puedo cambiar el uso y siempre tendrá el uso de oficina. Sabiendo esto, ¿qué sanción me puede acarrear por vivir en un inmueble que no tiene uso de vivienda (a pesar de que cumple todos los requisitos para ser vivienda, y para colmo es una primera planta)? Esto es en Madrid

Gracias!!!

Mercurio
08/11/2016, 20:23
Podrías decir que a ti te gusta tener en tu "oficina" una cama para las siestas, un baño para cuando sea necesario cambiarte y una excelente cocina, para atender a tus clientes. El comedor es tu mesa de reuniones, y en toda oficina que se precie, hay un área de recibo... también podrías señalar que eres un workaholic que vive, en este caso literalmente, en su oficina. Claro, tendrías que tener por lo menos un escritorio... :)

Fuera de bromas, los abogados tienen la palabra...

buddah
08/11/2016, 20:37
Se cometió una ilegalidad que no se ha subsanado, y por tanto el edifico estará fuera de ordenación aunque la irregularidad haya prescrito.

La posibilidad y cuantía de la sanción depende del Ayuntamiento. Por lo pronto olvídate de conseguir casi cualquier licencia de obras ni, por supuesto, la cédula de habitabilidad.

Pedro giron
08/11/2016, 20:53
Supongo que el edificio es residencial menos la planta1 que será terciario.
No tendrás problemas para vivir en ella. Salvo algunas consideraciones p.ej:
Cuando vendas al igual que cuando has comprado está sujeto a iva y no a itp.
Empadronamiento complicado y por lo tanto médico de la SS, colegio público.
Deducciones fiscales por primera vivienda . Sin embargo si eres empresa o autónomo puedes deducir la parte correspondiente de la compra y gastos de mantenimiento, consumos etc.
Es decir también puede tener ventajas.
Un saludo.

businessclass
08/11/2016, 20:59
Se cometió una ilegalidad que no se ha subsanado, y por tanto el edifico estará fuera de ordenación aunque la irregularidad haya prescrito.

La posibilidad y cuantía de la sanción depende del Ayuntamiento. Por lo pronto olvídate de conseguir casi cualquier licencia de obras ni, por supuesto, la cédula de habitabilidad.
La cosa es tal cual dices. La pregunta es por la sanción, para saber si lanzarme o no. ¿me podrían echar a pesar de tener eso en propiedad?

buddah
08/11/2016, 21:08
Podrían precintarte el inmueble y sancionarte. No te pueden quitar lo que es tuyo pero sí forzarte a que no hagas un uso indebido del inmueble. Normalmente no pasa nada, pero puedes tener problemas de diversa índole.

Solo tú puedes valorar si te compensa o no...

businessclass
08/11/2016, 21:16
Podrían precintarte el inmueble y sancionarte. No te pueden quitar lo que es tuyo pero sí forzarte a que no hagas un uso indebido del inmueble. Normalmente no pasa nada, pero puedes tener problemas de diversa índole.

Solo tú puedes valorar si te compensa o no...
Pues vaya, ya me has asustado del todo con el precinto. Que rabia que no cambien el uso por un simple rollo burocrático

businessclass
08/11/2016, 21:59
Podrían precintarte el inmueble y sancionarte. No te pueden quitar lo que es tuyo pero sí forzarte a que no hagas un uso indebido del inmueble. Normalmente no pasa nada, pero puedes tener problemas de diversa índole.

Solo tú puedes valorar si te compensa o no...
Que tiene que pasar para eso? Que me denuncie un vecino?

businessclass
08/11/2016, 23:00
Podrían precintarte el inmueble y sancionarte. No te pueden quitar lo que es tuyo pero sí forzarte a que no hagas un uso indebido del inmueble. Normalmente no pasa nada, pero puedes tener problemas de diversa índole.

Solo tú puedes valorar si te compensa o no...
Por cierto, me sancionarán igualmente aunque sea autónomo, este todo dado de alta acorde a la ley y utilice aquello para mi empresa (a parte de vivir)??

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neekrivers
08/11/2016, 23:28
Es buscarle los tres pies al gato. Si no se puede, no se puede.
Además, como a algún vecino le entres poco en gracia te puede amargar a base de bien.


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zapasman
09/11/2016, 07:25
Yo compré una vivienda en la planta última de un edificio de 1870. Urbanísticamente y legalmente es un "local" (se almacenaba material para la finca como carbón y otros). He vivido allí y lo tengo alquilado (no pude cambiar el uso ya que no cumplía las normas de diseño y habitabilidad de la Comunidad).Pedro te ha indicado buenas consecuencias. A la hora de venderlo , podrías recibir ofertas a la baja si el nuevo comprador es listo y lo quiere negociar. Nunca he recibido sanción por ello. Suerte y no le dés demasiadas vueltas.

Mugati
09/11/2016, 08:16
Estoy con neekrivers. Siendo una cosa que no está clara yo lo veo un poco problemático por el tema de los vecinos. Siempre habrá alguno que no le caigas en gracia y te quiera fastidiar. Por ejemplo con una discusion de una reunion de comunidad para hacer cualquier arreglo o cosas de esa índole...

businessclass
09/11/2016, 08:32
Estoy con neekrivers. Siendo una cosa que no está clara yo lo veo un poco problemático por el tema de los vecinos. Siempre habrá alguno que no le caigas en gracia y te quiera fastidiar. Por ejemplo con una discusion de una reunion de comunidad para hacer cualquier arreglo o cosas de esa índole...
Ahí la cosa es que el edificio en general está fuera de ordenación urbana, ni los propietarios de las viviendas pueden hacer obras más allá de las que sean de conservación (pintar, cambiar azulejos y ventanas, y poco mas). Quiero decir que si ellos denuncian, a ellos también se les puede volver en contra, aunque estoy seguro que ni ellos saben el problema de construcción

businessclass
09/11/2016, 08:36
Yo compré una vivienda en la planta última de un edificio de 1870. Urbanísticamente y legalmente es un "local" (se almacenaba material para la finca como carbón y otros). He vivido allí y lo tengo alquilado (no pude cambiar el uso ya que no cumplía las normas de diseño y habitabilidad de la Comunidad).Pedro te ha indicado buenas consecuencias. A la hora de venderlo , podrías recibir ofertas a la baja si el nuevo comprador es listo y lo quiere negociar. Nunca he recibido sanción por ello. Suerte y no le dés demasiadas vueltas.
Tu tienes menos problema, al ser el último, nadie te ve desde la calle y los vecinos tampoco te molestan tanto. También es cierto que este piso tiene ático y creo que le pasa la misma situación que comentas, aunque todo es un follon, porque en urbanismo viene que en el edificio tiene 8 plantas, y tienen 6 más el atico, el bajo lo cuenta como planta también, de ahí las 8. No se, es todo muy confuso

Frankie
09/11/2016, 09:03
Pues si todo es tan confuso en ese edificio, al menos que sea un mega-chollo descomunal yo buscaría otro. Madrid es muy grande. Las complicaciones relacionadas con la vivienda son las más estresantes, si son sobrevenidas hay que lidiar pero ir de cabeza a ellas...

buddah
09/11/2016, 09:38
Que tiene que pasar para eso? Que me denuncie un vecino?

Que te denuncie alguien. No tiene porqué ser un vecino, puede ser cualquiera.


Por cierto, me sancionarán igualmente aunque sea autónomo, este todo dado de alta acorde a la ley y utilice aquello para mi empresa (a parte de vivir)??

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Sí. Es tan sencillo como que vives en un sitio en el que no se puede vivir. También depende de tu arte para demostrar que no vives allí, pero vamos, será una fuente de potenciales problemas.

businessclass
09/11/2016, 10:03
Que te denuncie alguien. No tiene porqué ser un vecino, puede ser cualquiera.



Sí. Es tan sencillo como que vives en un sitio en el que no se puede vivir. También depende de tu arte para demostrar que no vives allí, pero vamos, será una fuente de potenciales problemas.
En serio, me dicen que lo de de alta como productora de cine par adultos y así poder justificar cualquier espacio/atrezzo [emoji23] [emoji23] [emoji23] [emoji23]

Pedro giron
09/11/2016, 10:49
El Ayto no va a actuar de oficio. Es un problema similar al de los miles de lofts que hay en polígonos industriales pero menor pues estás en un edificio de viviendas. El término loft no existe en urbanismo, es un terciario y no se puede vivir....y ya veis lo que hay en todos.
Es muy difícil que te lancen o incluso te precinten.

Remate
09/11/2016, 12:20
Estoy con los acertados consejos de Buddah en cuanto lo jurídico, puedes tener los problemas que describe... en todo caso, y como te veo tan animado... ¿tan bueno es el precio? De ser así y si al final se te complica la vida para vivir, siempre lo podrás alquilar/vender como lo que es, una oficina...

En mi caso, tengo el despacho profesional en un edificio bastante representativo (vivienda por planta, salvo principal donde hay dos locales/ despachos) y se me ocurrió recientemente hacer una pequeña obra para poner agua caliente en el baño y una pequeña (minúscula) "cocina"... en el trajín de la obra vinieron además un sofá que tenía encargado y alguna cosa mas... pues bien, me llamó el administrador de la comunidad a ver que estaba pasando, y no quedaron tranquilos hasta que les invité a pasar a ver de que iba la historia. Me dijeron que perdón, pero que les había parecido que lo estaba preparando para vivir, y que eso si que no...

Con lo anterior te quiero decir que depende de lo que te encuentres puedes tener problemas o no...tu mismo.

Suerte!

soutebare
09/11/2016, 13:39
La cosa es tal cual dices. La pregunta es por la sanción, para saber si lanzarme o no. ¿me podrían echar a pesar de tener eso en propiedad?

Yo no lo compraba en absoluto.