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Ver la versión completa : Registro de empresa en Madrid. Requisitos??



Joe
29/05/2018, 09:59
Buenas caballeros

Pregunto porque seguro que entre nosotros habrá alguien que trabaje en esta vaina, o al menos haya emprendido en España... O eso espero.

Inicialmente he buscado pero la información que encuentro es bastante difusa y complicada de leer.
O sea, Hacienda o quien sea que regule el negocio privado lo pone bastante dificil para el emprendedor de a pie.


Bueno, alguien me puede dar un par de luces para empezar a leer?
O algún dato en concreto como requisitos, capital inicial, condiciones legales etc??


Gracias!
y Saludos caballeros

ajra1307
29/05/2018, 10:08
Buenas caballeros

Pregunto porque seguro que entre nosotros habrá alguien que trabaje en esta vaina, o al menos haya emprendido en España... O eso espero.

Inicialmente he buscado pero la información que encuentro es bastante difusa y complicada de leer.
O sea, Hacienda o quien sea que regule el negocio privado lo pone bastante dificil para el emprendedor de a pie.


Bueno, alguien me puede dar un par de luces para empezar a leer?
O algún dato en concreto como requisitos, capital inicial, condiciones legales etc??


Gracias!
y Saludos caballerosBienvenido al mundo del emprendedor.
Tienes que empezar en notaría constituyendo la sociedad y si es una SL con 3000 € de aporte comienzas a funcionar. Luego suma todos los gastos de constitucion y registro en el registro Mercantil, Hacienda y Seguridad Social....
Previamente hay que hacer solicitud de nombre de la razón social para ver si está libre.
Búscate una gestoría que te saque todo adelante, te será más breve y ahorrarás dinero en pérdidas de tiempo y aprendizaje.
Sin embargo, creo que según lo que vaya a a hacer quizás te interese más la figura de autónomo, al menos para empezar.

no pain no gain

Joe
29/05/2018, 10:21
Bienvenido al mundo del emprendedor.
Tienes que empezar en notaría constituyendo la sociedad y si es una SL con 3000 € de aporte comienzas a funcionar. Luego suma todos los gastos de constitucion y registro en el registro Mercantil, Hacienda y Seguridad Social....
Previamente hay que hacer solicitud de nombre de la razón social para ver si está libre.
Búscate una gestoría que te saque todo adelante, te será más breve y ahorrarás dinero en pérdidas de tiempo y aprendizaje.
Sin embargo, creo que según lo que vaya a a hacer quizás te interese más la figura de autónomo, al menos para empezar.

no pain no gain

"Efestivamente"
Es justamente eso, el autónomo lo que ando buscando. pero no encuentro mucho texto claro acerca de los requisitos y tal.

Joe
29/05/2018, 10:26
Ah y Gracias Ajra!

ajra1307
29/05/2018, 10:27
"Efestivamente"
Es justamente eso, el autónomo lo que ando buscando. pero no encuentro mucho texto claro acerca de los requisitos y tal.Para todo eso con certificado digital lo puedes gestionar, pero al no estar en España y ser no residente deberías contratar un gestor para tener claro el tema impuestos Joe. Te van a buscar hasta la mínima excusa para crujirte por lo que más te vale estar asesorado.

no pain no gain

Joe
29/05/2018, 10:34
Para todo eso con certificado digital lo puedes gestionar, pero al no estar en España y ser no residente deberías contratar un gestor para tener claro el tema impuestos Joe. Te van a buscar hasta la mínima excusa para crujirte por lo que más te vale estar asesorado.

no pain no gain

Al igual pasa aquí.
La contabilidad tiene que ser estar al 120%
Los delitos de evasión fiscal son mas sensibles que los crímenes de lesa humanidad :(

ajra1307
29/05/2018, 10:35
Al igual pasa aquí.
La contabilidad tiene que ser estar al 120%
Los delitos de evasión fiscal son mas sensibles que los crímenes de lesa humanidad :(Al ser no residente te mirarán hasta los horarios de tus deposiciones.

no pain no gain

rgonzsol
29/05/2018, 11:02
"Efestivamente"
Es justamente eso, el autónomo lo que ando buscando. pero no encuentro mucho texto claro acerca de los requisitos y tal.

¿Vas a residir en España?, y en caso de no ser así ¿Por qué no darte de alta en el país donde residas y tributar allí los servicios que desempeñes en España mediante la figura de la prestación de servicios intracomunitarios/exportación?.
¿Qué tipo de actividad vas a realizar, profesional o empresarial?.
¿Has estado dado de alta como autónomo en España en los últimos 2 años?.

Un saludo.

P.D. No hagas nada sin tener tu muy claro lo que vas a hacer

rgonzsol
29/05/2018, 11:03
Al ser no residente te mirarán hasta los horarios de tus deposiciones.

no pain no gain

No tengo la impresión de que los no residentes estén bajo mayor presión fiscal que los que si que lo somos.

Un saludo.

ajra1307
29/05/2018, 11:05
No tengo la impresión de que los no residentes estén bajo mayor presión fiscal que los que si que lo somos.

Un saludo.No me refería a presión, sino a revisión. BBCC y demás....

no pain no gain

Siso78
29/05/2018, 11:55
Residiendo en el extranjero no sabría decirte, en España, yo tengo un gestor que me lo montó todo, cambiar de autónomo normal a autónomo societario, que son algo así como 340€ al mes, montar la SL con un capital mínimo de 3001€, que debes depositar en un banco para que te aperturen la cuenta de empresa, una vez ya constituida la sociedad, puedes disponer libremente de los 3k€.

Yo te aconsejo que contactes con algún gestor que te lleve toda la gestión, sino te puedes volver loco

Joe
29/05/2018, 11:55
¿Vas a residir en España?, y en caso de no ser así ¿Por qué no darte de alta en el país donde residas y tributar allí los servicios que desempeñes en España mediante la figura de la prestación de servicios intracomunitarios/exportación?.
¿Qué tipo de actividad vas a realizar, profesional o empresarial?.
¿Has estado dado de alta como autónomo en España en los últimos 2 años?.

Un saludo.

P.D. No hagas nada sin tener tu muy claro lo que vas a hacer

Ya es así, pero al no tener información, sobre prestar servicios en España para empresas radicadas en el exterior.
Estoy tanteando si es viable registrar allí también.

Y no de momento no tengo pensado residir allí, pero si tengo un par de socios que tienen el domicilio fiscal en península.
Y quieren adquirir mis servicios :tejeqteje:
Y sería actividad.... pues no sé en que categoría estaría...
Prestación de servicios.
IT redes.

Joe
29/05/2018, 11:57
Residiendo en el extranjero no sabría decirte, en España, yo tengo un gestor que me lo montó todo, cambiar de autónomo normal a autónomo societario, que son algo así como 340€ al mes, montar la SL con un capital mínimo de 3001€, que debes depositar en un banco para que te aperturen la cuenta de empresa, una vez ya constituida la sociedad, puedes disponer libremente de los 3k€.

Yo te aconsejo que contactes con algún gestor que te lleve toda la gestión, sino te puedes volver loco

Por ejemplo., aquí no son 3000 para crear la sociedad, son 5000 y el depósito es no es recuperable,

O sea que ahí hay ya un tanto a favor.

rgonzsol
29/05/2018, 12:06
Ya es así, pero al no tener información, sobre prestar servicios en España para empresas radicadas en el exterior.
Estoy tanteando si es viable registrar allí también.

Y no de momento no tengo pensado residir allí, pero si tengo un par de socios que tienen el domicilio fiscal en península.
Y quieren adquirir mis servicios :tejeqteje:
Y sería actividad.... pues no sé en que categoría estaría...
Prestación de servicios.
IT redes.

Dándote de alta en cualquier país europeo en su correspondiente Registro de operadores intracomunitarios puedes operar y prestar servicios a cualquier empresa europea distinta al país de registro sin liquidar el impuesto sobre el valor añadido correspondiente.

Un saludo.

Siso78
29/05/2018, 12:57
Dándote de alta en cualquier país europeo en su correspondiente Registro de operadores intracomunitarios puedes operar y prestar servicios a cualquier empresa europea distinta al país de registro sin liquidar el impuesto sobre el valor añadido correspondiente.

Un saludo.

No tienes que liquidar impuestos? Pues si compras a países comunitarios sí tienes que abonar el IVA cada trimestre a Montoro & cia

Thot
29/05/2018, 14:39
No tienes que liquidar impuestos? Pues si compras a países comunitarios sí tienes que abonar el IVA cada trimestre a Montoro & ciaPresentarás impuestos en el país donde tengas el.domicilio... Si lo tienes en España o en otro país comunitario, las compras intracomunitarias están exentas de IVA pero ello no lo hace exento de presentación, en lo poco que se...

Siso78
29/05/2018, 14:48
Presentarás impuestos en el país donde tengas el.domicilio... Si lo tienes en España o en otro país comunitario, las compras intracomunitarias están exentas de IVA pero ello no lo hace exento de presentación, en lo poco que se...

Yo invierto mucho dinero en google, y cada 3 meses tengo que pagarle a hacienda el 21% de lo que me han facturado

Joe
29/05/2018, 14:58
Yo invierto mucho dinero en google, y cada 3 meses tengo que pagarle a hacienda el 21% de lo que me han facturado

Siso, donde crees que tengas mas impacto de cara nuevos clientes, Google o Fb?

Thot
29/05/2018, 14:58
Yo invierto mucho dinero en google, y cada 3 meses tengo que pagarle a hacienda el 21% de lo que me han facturadoY el IVA aparece reflejado en la factura que Google te envía?

Siso78
29/05/2018, 15:20
Siso, donde crees que tengas mas impacto de cara nuevos clientes, Google o Fb?

Para mi sin duda google, aunque depende mucho del sector, ahora mismo en mi caso hay demasiada competencia, hace 5 años por ejemplo, pagaba a 0,20€ el click, con una rentabilidad de 10 a 1, y ahora hay que invertir 10 veces más, y casi hasta se pierde dinero a corto plazo, hay que confiar en que la relación con el cliente será larga en el tiempo, pero por ejemplo, también invierto en el extranjero, y ahí como no hay nadie más invirtiendo, la rentabilidad es mucho mayor. En facebook, por mi experiencia, no invertiría, no he sacado nada, y aunque el coste es bajo, es casi como tirar el dinero.

A mí personalmente no me gustan los anuncios de red display o facebook, porque hay mucho gasto de gente que no está buscando, que le aparece porque ha realizado alguna búsqueda ocasional, o para cualquier cosa relacionada, le aparece el anuncio y pincha por curiosidad, sin embargo, en la red de búsqueda de google, la gente está buscando específicamente tus servicios, sin embargo, en otros sectores sí puede ser interesante, para un hotel rural por ejemplo, pones una foto bonita, llama la atención y la gente sí puede interesarse realmente por ello.


Y el IVA aparece reflejado en la factura que Google te envía?

No, google emite la factura sin impuestos.

Siso78
29/05/2018, 15:28
Y el IVA aparece reflejado en la factura que Google te envía?

Esto es una factura de google

https://uploads.tapatalk-cdn.com/20180529/3e895765af3aeb97bcb0a5d55cdd7835.jpg
https://uploads.tapatalk-cdn.com/20180529/45a766ca2ec7818a9389c1ef475cf504.jpg


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

Trapo
29/05/2018, 15:40
Yo invierto mucho dinero en google, y cada 3 meses tengo que pagarle a hacienda el 21% de lo que me han facturado

Eso no es del todo cierto. En la factura, Google no te repercute IVA y tú tienes que autorrepercutírtelo. Pero, además, te puedes deducir el IVA soportado, con lo que el efecto es neutro (mismo importe de IVA soportado como repercutido). Salvo que estés en prorrata o no tengas derecho a deducirte el IVA soportado, en cuyo caso, el IVA sí que es un coste.

En cuanto al caso de Joe, si lo que quieres es prestar servicios a una empresa española desde otro país de la UE, no tiene ningún sentido que constituyas una empresa en España (y que no te cuentes películas de blanqueo de capitales ni conspiraciones varias). Como te han dicho por otro lado, te sacas el IVA intracomunitario de tu país y a correr. La empresa española a la que factures te dará su número de IVA español, con lo que tú no tendrás que repercutirle ni IVA español (se lo autorrepercutirá la empresa) ni del paísi en el que resides, pues las reglas de localización hacen que el IVA aplicable sea el del destinatario. Al tratarse de un servicio prestado desde otro país de la UE, me imaigno que habrá un Convenio para evitar la doble imposición (habría que confirmarlo, de todas formas), con lo que los beneficios que obtuvieras no tributarían en España, solo en el país en el que residas.

Si el caso es como lo que apunto arriba, tampoco tendrías ninguna obligación de nombrar representante en España, ni gestor, ni nada.

Siso78
29/05/2018, 15:58
Eso no es del todo cierto. En la factura, Google no te repercute IVA y tú tienes que autorrepercutírtelo. Pero, además, te puedes deducir el IVA soportado, con lo que el efecto es neutro (mismo importe de IVA soportado como repercutido). Salvo que estés en prorrata o no tengas derecho a deducirte el IVA soportado, en cuyo caso, el IVA sí que es un coste.

En cuanto al caso de Joe, si lo que quieres es prestar servicios a una empresa española desde otro país de la UE, no tiene ningún sentido que constituyas una empresa en España (y que no te cuentes películas de blanqueo de capitales ni conspiraciones varias). Como te han dicho por otro lado, te sacas el IVA intracomunitario de tu país y a correr. La empresa española a la que factures te dará su número de IVA español, con lo que tú no tendrás que repercutirle ni IVA español (se lo autorrepercutirá la empresa) ni del paísi en el que resides, pues las reglas de localización hacen que el IVA aplicable sea el del destinatario. Al tratarse de un servicio prestado desde otro país de la UE, me imaigno que habrá un Convenio para evitar la doble imposición (habría que confirmarlo, de todas formas), con lo que los beneficios que obtuvieras no tributarían en España, solo en el país en el que residas.

Si el caso es como lo que apunto arriba, tampoco tendrías ninguna obligación de nombrar representante en España, ni gestor, ni nada.


Bueno, en mi caso yo trabajo sin IVA, por lo que no me lo puedo deducir, simplemente desgravarlo como gasto de la sociedad

Trapo
29/05/2018, 16:24
Bueno, en mi caso yo trabajo sin IVA, por lo que no me lo puedo deducir, simplemente desgravarlo como gasto de la sociedad

En ese caso, efectivamente, el IVA es un coste para ti.

rgonzsol
30/05/2018, 09:34
No tienes que liquidar impuestos? Pues si compras a países comunitarios sí tienes que abonar el IVA cada trimestre a Montoro & cia

Ya lo ha explicado Trapo más adelante.

Si te registras en el VIES (que es un procedimiento administrativo gratuito) argumentando que tu ofreces o adquieres mercancías o servicios de otros países de la unión para tu actividad.

En el momento en el que estás dado de alta puedes facturar y adquirir esos productos o servicios sin el correspondiente IVA, siempre y cuando la empresa a la que adquieras esté dada de alta a su vez en ese registro, es decir:

Compras maquinaria a Alemania a una empresa dada de alta en el VIES, por importe de Base Imponible 10.000€ y tu solo pagas esos 10.000€, no pagas el 19% correspondiente a su IVA, ahora bien cuando vayas a liquidar el IVA de ese periodo tienes que meter 10.000€ de Base + 1.900€ de IVA tanto en el soportado como en el repercutido, con lo que en realidad NO TRIBUTAS ES DECIR PAGAS IMPUESTO, así mismo tienes que realizar el Mod 349 en el que informas de esa operación.

En el caso de que seas tu quien venda los productos o servicios te limitarás a hacer una factura sin el impuesto de IVA SOLO POR LA BASE IMPONIBLE y a la hora de hacer las autoliquidaciones simplemente lo marcas en la casilla correspondiente (59) y haces el Modelo 349.

De todas formas y a modo de resumen, siempre y antes de liaros a hacer nada, consultad con un profesional y haceros con los servicios de un asesor.

Un saludo.

Siso78
30/05/2018, 09:53
Ya lo ha explicado Trapo más adelante.

Si te registras en el VIES (que es un procedimiento administrativo gratuito) argumentando que tu ofreces o adquieres mercancías o servicios de otros países de la unión para tu actividad.

En el momento en el que estás dado de alta puedes facturar y adquirir esos productos o servicios sin el correspondiente IVA, siempre y cuando la empresa a la que adquieras esté dada de alta a su vez en ese registro, es decir:

Compras maquinaria a Alemania a una empresa dada de alta en el VIES, por importe de Base Imponible 10.000€ y tu solo pagas esos 10.000€, no pagas el 19% correspondiente a su IVA, ahora bien cuando vayas a liquidar el IVA de ese periodo tienes que meter 10.000€ de Base + 1.900€ de IVA tanto en el soportado como en el repercutido, con lo que en realidad NO TRIBUTAS ES DECIR PAGAS IMPUESTO, así mismo tienes que realizar el Mod 349 en el que informas de esa operación.

En el caso de que seas tu quien venda los productos o servicios te limitarás a hacer una factura sin el impuesto de IVA SOLO POR LA BASE IMPONIBLE y a la hora de hacer las autoliquidaciones simplemente lo marcas en la casilla correspondiente (59) y haces el Modelo 349.

De todas formas y a modo de resumen, siempre y antes de liaros a hacer nada, consultad con un profesional y haceros con los servicios de un asesor.

Un saludo.

Yo pago el 309

rgonzsol
30/05/2018, 12:40
Yo pago el 309

Aaa ok, para los de agricultura, recargo o similar es diferente.

Un saludo.


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

ajra1307
30/05/2018, 14:25
Joe, lo que te han recomendado de trabajar como operador intracomunitario seguramente es la mejor opción si tu actividad la desarrollas desde fuera de España y dentro de un país de la UE. Si la vas a desarrollar en España o contratar personal aquí mira si tienes que abrir sociedad o hacer la tramitación de autonomo porque seguramente necesites aportar seguridad social tanto por tu trabajo como por tus empleados.
En este segundo caso, mira como resolver la doble imposición (pago de IRPF o Impuesto de Sociedades en los dos países que se que existen muchas variables y circunstancias que hay que contemplar para que no se te duplique el pago de dichos impuestos). Y no dejes de contemplar en esta segunda opción las exigencias que te impongan desde ambos países para el tema de BBCC. Al mover fondos de un país a otro siempre tendrás la posibilidad de tener que justificar su procedencia y al tener distintos idiomas la documentación puede llegar a complicarse bastante, pero seguro que en donde resides siendo un país de la UE te pedirán demostrar que los fondos que muevas y declares como beneficios en España provienen de actividades legales y tendrás que aportar la documentación que así lo acredite si te lo solicitaran. Muy distinto es si te limitas a facturar servicios desde donde resides, proceso que te simplificaria todo a la legislación de tu residencia y a la intracomunitaria y te elimina la necesidad de cumplir otra normativa de BBCC que te pidan en tu país, ya que la actividad la desarrollas realmente desde ese país. Realmente está figura es la misma que una exportación, que en tu caso, por lo que entiendo sería de servicios a un país intracomunitario.



no pain no gain

JsTas
19/06/2018, 10:39
Al ser no residente te mirarán hasta los horarios de tus deposiciones.

no pain no gain

Lo cierto es que tampoco es para tanto.. Yo tengo un compañero francés que al ser intracomunitario está bastante cómodo a nivel fiscal.. Trabaja desde España pero tributa y cotiza en Francia.. y la verdad que basante cómodo..