Hoy comienza la pesadilla para muchos.

Quería iniciar este hilo con una pregunta.

Tengo un piso, un garaje y un trastero comprado todo junto hace unos años. Compré otro garaje en el mismo edificio el año pasado. Hacienda me lo ha imputado como rendimiento inmobiliario. Pero mi duda es si lo puedo corregir al ser en total dos garajes (uno de origen y otro comprado después) en el mismo edificio y estaría exento de tributar. Realmente la Ley Tributaria de IRPF dice que tendría que ser comprado conjuntamente con la vivienda habitual y máximo dos garajes en el mismo edificio, pero comprado con la vivienda habitual. ¿Quizás si se compra después no sirve?

Me da un poco de cosa porque lo que se favorece es que la gente lo arriende en B y así va el país. Si compras con tus ahorros del trabajo y es para ti (en uno pongo el coche y en el otro la moto) hacienda te perjudica.